M. OCHOA
La Fiscalía de Granada ha presentado un recurso de queja ante la Audiencia Provincial para pedir que revoque la decisión del Juzgado de Instrucción 3 en la que se declara incompetente para asumir las exhumaciones de la fosa donde supuestamente yacen los restos de Federico García Lorca y en la que devuelve la causa a la Audiencia Nacional.
Como ya lo hizo en el informe no vinculante presentado al juzgado granadino, el ministerio público reitera en el escrito que los órganos territoriales son competentes en las detenciones ilegales en las que se desconoce el paradero de las víctimas.
Según explicaron fuentes de la Fiscalía Provincial, si el documento recibe el visto bueno, la titular de la sala, Aurora Fernández García, deberá retomar el caso. Pero mientras tanto, sigue en curso la solicitud de la Audiencia Nacional al Tribunal Supremo (TS) para que decida las competencias en la investigación de las fosas comunes. Si el TS resuelve que son los juzgados provinciales, el recurso logrará su fin; en cambio, si esta máxima instancia judicial la traslada al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, el escrito presentado quedaría sin efecto.
Antecedentes. La titular del Juzgado de Instrucción 3, Aurora Fernández García, había rechazado la causa por entender que los asesinatos del poeta, el banderillero Francisco Galadí y el maestro Dióscoro Galindo, que se creen enterrados en una fosa común en Víznar, son crímenes contra la humanidad, cuya competencia correspondería a la Audiencia Nacional. Ésta, no obstante, se había inhibido meses antes en la investigación de los más de 114.000 desaparecidos durante la Guerra Civil y el Franquismo, en favor de los juzgados provinciales.
Al declararse incompetente, la responsable de juzgado granadino esgrimió que los asesinatos cometidos en la provincia deben considerarse como crímenes "contra la humanidad" ya que de lo contrario la causa carecería de "fundamento" dado que, si se juzgara como asesinato común, se debería aplicar el principio de prescripción de los delitos y de la "irretroactividad de la Ley Penal".
Razones. La juez, que no hizo público el contenido de su auto y que se detalla ahora en el escrito de la Fiscalía, justifica que las desapariciones "obedecen a la ejecución de un plan preconcebido y sistemático" dirigido contra un sector de la población "y no sólo contra una persona individual como tal".
La Fiscalía razona en el recurso de queja su discrepancia frente a estos planteamientos. Afirma que comparte con la titular del juzgado la dificultad de valorar cada desaparición forzosa "como un acto aislado del contexto en el que se producen los hechos", pero resalta que ello "no afectaría a la competencia objetiva", pese a que resulta "difícil de entender" que los hechos se produjeran "sin la existencia de inspiradores que impartieran órdenes genéricas".
La Fiscalía puntualiza que cuando la Audiencia Nacional ha conocido crímenes de genocidio, lesa humanidad o tortura, lo ha sido para casos en los que los delitos han ocurrido fuera de España, bien por ser ciudadanos españoles los autores o bien por el principio de persecución penal universal.
"Pero en ningún caso se le asigna específicamente en las normas procesales y orgánicas la investigación y el enjuiciamiento de crímenes de esa naturaleza perpetrados en territorio nacional, sean cuales sean las circunstancias de su comisión (a diferencia de los que sucede con otras infracciones penales como las defraudaciones económicas)".
El ministerio público recalca, además, que "decisiones como declarar la prescripción" o la "responsabilidad por fallecimiento" sólo "pueden ser realizadas por un juez que de una manera expresa o tácita haya asumido la competencia".
La Asociación Granadina para la Recuperación de la Memoria Histórica había recibido con disgusto la decisión de la juez, interpretada como una "zancadilla más" en el proceso abierto por los familiares de las víctimas.
La entidad, no obstante, ya anunció que acudirá a la vía administrativa para que sea posible la exhumación en los terrenos propiedad de la Diputación y para solicitar la autorización del estudio arqueológico a la delegación provincial de Cultura de la Junta.