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EFE La Audiencia Provincial de Granada ha desestimado el recurso de apelación presentado por la ex eurodiputada socialista Francisca Pleguezuelos contra la sentencia que absolvió a dos diputados provinciales del PP de injurias y calumnias contra ella y su hermana.
En aquella sentencia del pasado mes de diciembre, el juez enmarcó en el contexto de "control político de la oposición" las manifestaciones públicas realizadas por los dirigentes populares Antonio Granados y José Antonio Robles, quienes insinuaron que durante el gobierno del PSOE en Granada cargos socialistas accedieron a pisos construidos por la empresa municipal de vivienda.
El magistrado también consideró que los diputados provinciales del PP no imputaron a Pleguezuelos y a su hermana el haber adquirido su casa valiéndose de sus influencias y que, "más bien", lo que pretendieron estos políticos fue promover la investigación de las adjudicaciones de viviendas construidas por empresas públicas gobernadas por el PSOE en la provincia.
Ante esta decisión judicial, la dirigente socialista presentó un recurso de apelación, si bien la sentencia dada a conocer por el PP incide en los argumentos anteriores y señala que "no son constitutivas de infracción penal las manifestaciones vertidas por los acusados en las ruedas de prensa".
El objetivo de dichas declaraciones habría sido "dar a conocer a la opinión pública determinados sucesos, dentro de la labor política fiscalizadora de los acusados y respecto a noticias, comprobadas y sustentadas en hechos objetivos".
Granados y Robles habrían utilizado, según la sentencia, esta "crítica política e informativa" para solicitar una comisión de investigación que aclarara las adjudicaciones de las viviendas en cuestión, ubicadas en una zona residencial de Granada capital que el PP bautizó como "la Rusia chica" porque en las promociones públicas de dicha zona viven varios altos cargos socialistas.
La Audiencia Provincial incide en que dichas afirmaciones "no son constitutivas" de delito y que "no cabe tampoco hablar de infracción puesto que no se ataca al honor de las querellantes".
"Las expresiones utilizadas carecen de la entidad suficiente para poder considerarlas injuriosas", prosigue la sentencia, que añade que las mismas están puestas "en relación con la información que se quiere comunicar".
"La libertad de expresión no es sólo la manifestación de ideas sino que comprende la crítica de la conducta de otro, aún cuando sea desabrida y pueda molestar, inquietar o disgustar", concluye el escrito con el que se desestima el recurso de la ex eurodiputada socialista.
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