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REDACCIÓN El Registro de Parejas de Hecho en Andalucía, dependiente de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, contabilizó en 2009 un total de 4.899 inscripciones, un 4,8% más que en 2008, cuando se registraron 4.674. El 95,47% de las uniones inscritas el pasado año fueron entre personas heterosexuales, mientras que las realizadas entre homosexuales representaron un 4,53%.
Del total de parejas registradas, 1.898 lo hicieron a través de las Delegaciones Provinciales de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, mientras que 3.001 realizaron los trámites en los Ayuntamientos andaluces.
Desde que se puso en marcha este servicio en 1996, cuando se denominaba Registro de Uniones de Hecho, se han inscrito un total de 19.874 parejas, de las que 1.581 se dieron de baja por diferentes motivos. De esta forma, al final de 2009 había un total de 18.293 parejas registradas.
Por provincias, en Sevilla se contabilizaron 1.144 parejas de hecho, seguida de Málaga (1.017), 812 (Cádiz), Granada (536), Almería (420), Córdoba (397), Jaén (287) y Huelva (286), informa la Junta en un comunicado recogido por laopiniondegranada.es.
Con la inscripción en el registro, se puede acceder a los beneficios previstos en la Ley de Parejas de Hecho de Andalucía de 2002, entre ellos la posibilidad de inscribir la regulación de las relaciones personales y patrimoniales a través de pactos, y de regular las compensaciones económicas que convengan en caso de disolución de la pareja.
En materia de protección de menores, esta norma establece la posibilidad de constituir acogimientos familiares, simples o permanentes, por parejas de hecho.
Asimismo, las parejas de hecho pueden solicitar el acceso conjunto en centros residenciales para personas mayores, así como ejercer el derecho que la legislación sanitaria reconoce a los familiares. Además, en la adjudicación de viviendas de la Administración andaluza se equiparan al matrimonio, una igualación que también se refleja en los ámbitos tributarios y fiscales a nivel autonómico, así como en lo relativo a permisos y vacaciones.
Tras las modificaciones introducidas por la Ley estatal 40/2007 de 4 de diciembre, de medidas en Materia de Seguridad Social, de acuerdo con la disposición adicional tercera, se reconoce también el derecho a la pensión de viudedad a las parejas de hecho que lo acrediten mediante el correspondiente certificado de los registros específicos de las Comunidades Autónomas, cuando dicha inscripción se haya producido con una antelación mínima de dos años con respecto a la fecha de fallecimiento.
Para realizar la inscripción en el registro es necesario que uno de los miembros tenga residencia en Andalucía. Este registro es único, aunque su gestión está descentralizada a través de los ayuntamientos y las delegaciones provinciales de la Consejería.
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