Tribunales

La juez archiva el caso del turista encarcelado por error

Instrucción 3 considera que no hay indicios de delito penal en la actuación policial pero advierte de que si no se remedia el fallo podría volver a repetirse

 09:17  
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L.O. La titular del Juzgado de Instrucción 3 de Granada, Aurora Fernández, ha archivado las diligencias previas abiertas sobre el caso del turista madrileño que permaneció cinco días encarcelado por error en Granada durante la Semana Santa porque fue confundido con un delincuente, y deja abierta la posibilidad de que reclame por vía administrativa.

En su resolución, de la que informó ayer el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el Juzgado de Instrucción 3 de Granada, de guardia el día de los hechos, concluye que no hay indicios de la comisión de delitos tipificados en el Código Penal.

El juzgado, que abrió diligencias penales por la presunta comisión de los delitos de detención ilegal y falsedad, deja no obstante abierta la posibilidad de que el perjudicado, Juan Enrique Tena, reclame por la vía administrativa si así lo estima.

Responsabilidad. La representación legal del afectado aún no ha decidido si recurrirán el auto del juzgado, pero sí tiene claro que reclamarán por la vía administrativa, con cuantía aún por fijar, al entender que en este asunto hay una "clara" responsabilidad de las administraciones públicas, según explicó a la agencia Efe una de sus abogadas.

El turista, vecino de la localidad madrileña de Griñón, fue enviado a prisión el Jueves Santo por orden del Juzgado de Instrucción 3 de Granada porque sus datos personales coincidían con los de la orden de búsqueda que le presentó la Policía Nacional, que lo detuvo en el hotel en el que se hospedaba.

Sin embargo, el turista sólo compartía el primer apellido con el titular del requerimiento original –Israel Tena– emitido por la Audiencia Nacional.

Al tratarse de un día festivo, el juzgado de Granada que hizo efectiva la orden no pudo comprobar con la Audiencia Nacional los datos de la misma, verificación que no se realizó hasta el lunes siguiente.

El origen del fallo. La Audiencia Nacional eludió en su momento cualquier responsabilidad en el error, indicando que había comunicado por fax a la Guardia Civil y la Policía Nacional el cese de la orden de busca, captura e ingreso en prisión el 23 de febrero –casi dos meses antes de la detención por error–, porque la persona buscada estaba en la cárcel desde hacía diez días, y señalando que en toda la documentación que habían remitido figuraba como titular Israel Tena Martí, y no Juan Enrique Tena Martín.

Recientemente, la Fiscalía Superior de Andalucía archivó también las diligencias informativas que había abierto para esclarecer si hubo negligencia en la actuación de los dos fiscales que intervinieron en el caso.

Para resarcir al turista, el Ayuntamiento de Granada le invitó el pasado junio a pasar unos días en la ciudad con motivo de la Feria del Corpus y le nombró embajador turístico, gesto que agradeció públicamente el joven.

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