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E.P. El Tribunal Supremo revisará mañana, martes, en vista pública la sentencia que condenó a la que fuera titular del Juzgado de lo Penal de Motril Adelina Entrena a un año de suspensión en sus funciones y a abonar a José Campoy, el preso que permaneció más de un año en prisión pese a ser absuelto, 103.000 euros.
La sentencia, dictada en abril del pasado año por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), dictaminó que la juez cometió un delito contra la libertad individual de las personas, cometido por funcionario público, y mediando imprudencia grave.
Campoy, que estuvo indebidamente privado de libertad por la desatención” de la juez respecto a sus obligaciones 455 días, sufre “graves e importantes secuelas” derivadas en parte por la “incomprensión, impotencia y desesperanza” de verse privado de libertad pese al dictado de una sentencia absolutoria. La sentencia será revisada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo a instancias de la propia Entrena, de Campoy y de la Abogacía General del Estado.
A ninguna de las partes le satisfizo, aunque por distintas razones, la resolución del TSJA e interpusieron recurso de casación ante el alto tribunal. El TSJA consideró probado que la juez, que había permanecido de baja por enfermedad, se incorporó en diciembre de 2005 y celebró el juicio contra Campoy con “absoluta normalidad” enviando de nuevo a prisión al acusado, cuya privación de libertad había sido acordada por un juez sustituto un mes antes sin que se anotara en el libro o registro alguno, ni se resaltara mediante la cartulina roja de “causa con preso”, aunque sí figuraba en el sistema informático.
Ni la secretaria judicial, ni funcionario alguno le dio cuenta a Entrena de la situación de los presos en su ausencia, aunque ella tampoco “demandó tal dación de cuenta”, según la resolución.
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