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El juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, ha planteado al Tribunal Supremo un conflicto de competencia por la causa sobre las víctimas de la Guerra Civil en el franquismo para que decida quién es competente para autorizar la apertura de la fosa de Granada donde supuestamente estaría enterrado Federico García Lorca, informaron fuentes jurídicas. Tras esta petición, la Sala de Causas Especiales de lo Penal en el Tribunal Supremo va a tramitar esta petición en los próximos días y señalará una fecha para deliberar esta cuestión, tras lo cual dictará un auto en el que decidirá cual de los dos tiene competencia sobre el asunto.
El magistrado, que ha remitido al alto tribunal una exposición razonada que quedó registrada el pasado día 26, ha tomado esta decisión después de que la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Granada devolviera a su Juzgado al pasado mes de mayo la instrucción de causa, al considerar que el tribunal granadino no era el adecuado para investigar delitos de crimenes contra la humanidad y decidir por tanto sobre la apertura de la fosa del poeta.
La Sala de Causas Especiales de lo Penal en el Tribunal Supremo va a tramitar esta petición en los próximos días y señalará una fecha para deliberar esta cuestión, tras lo cual dictará un auto en el que decidirá cual de los dos tiene competencia.
El pasado 29 de mayo se hizo pública la decisión de la juez Aurora María Fernández García de no admitir la inhibición del juez Baltasar Garzón, al no verse competente en el caso de las fosas comunes del franquismo, concretamente en el caso en el que, supuestamente, esté enterrado García Lorca, el maestro Dióscoro Galindo y el banderillero Francisco Galadí, al enmarcarse dentro de lo que puede llamarse como crimenes contra la humanidad.
Daba así la razón a la visión que en primer término tuvo Garzón, que se declaró el pasado 16 de octubre competente para investigar los crimenes cometidos durante la Guerra Civil y el Franquismo, por entender que se produjo un delito permanente de detención ilegal sin dar razón de paradero que encaja, según el magistrado, en el contexto de crimenes contra la humanidad.
Fiscalía. Tras esta decisión, la Fiscalía presentó un recurso que fue rechazado el pasado día 26, en el que señalaba que el objetivo de la investigación se refiere a la desaparición de personas a través de detenciones ilegales sin dar razón del paradero de sus víctimas en relación a las posibles fosas existentes en Víznar, Alfacar y Las Gabias, delitos cuya competencia no corresponde a la Audiencia Nacional "sino a los diferentes órganos judiciales territoriales" en los que se hayan cometido.
En alusión a lo que alegó la juez granadina, que no se veía competente para tomar una decisión al respecto por tratarse de crimenes contra la humanidad, la Fiscalía señaló que los crimenes del genocidio y lesa humanidad son perseguibles "obviamente" cuando se han cometido en territorio español "pero por el órgano de la jurisdicción que corresponda al acuerdo con los criterios ordinarios de delimitación de las competencias", que atribuyen la responsabilidad a las Audiencias Provinciales y a los Juzgados de Instrucción de todas las causas por delito.
Como ya adelantó La Opinión en su edición del pasado sábado, la Audiencia Provincial de Granada no admitió el recurso de queja presentado por la Fiscalía argumentando que como la juez rechazó la inhibición propuesta en su día por la Audiencia Nacional en el curso de un procedimiento abreviado, contra él cabría un recurso de apelación y no de queja. Aun así los magistrados precisan que de admitir a efectos "retóricos" que aquel auto fuese recurrible "lo que resulta incuestionable" es que el recurso no puede solicitar que la Audiencia decida qué juzgado es el competente "pues ello sólo puede hacerlo el superior jerárquico común de ambos".
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