ÁLVARO CALLEJA
La sección segunda de la Audiencia de Granada ha estimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Alhendín para disponer del contenido íntegro de las escuchas telefónicas intervenidas por la Policía al ex concejal de Urbanismo, Manuel Fernández, que permitieron destapar una de las tramas urbanísticas más importantes de la provincia.
En dichas grabaciones, Fernández mantiene conversaciones con importantes empresarios, hoy imputados en la causa, con el entonces alcalde José Guerrero, e incluso con familiares como su mujer, que estaban al corriente de determinadas operaciones urbanísticas.
La decisión de la Audiencia echa por tierra la negativa del Juzgado de Instrucción 2 de Santa Fe, que incoó diligencias por supuesto cohecho, prevaricación y alteración del precio de las cosas, entre otros delitos, y que entendió en su día que dicha solicitud del Ayuntamiento, ahora gobernado por los socialistas, no era procedente en aras a proteger la intimidad de los imputados y de aquellas personas que resultan aludidas en las conversaciones.
El Ayuntamiento de Alhendín, que ejerce la acusación popular, sostenía en su recurso que la negativa del juez perjudicaba su derecho de defensa y el derecho a la igualdad de medios en el procedimiento, en tanto que al resto de partes personadas se les facilitaba copia íntegra de las grabaciones.
El gobierno municipal que preside el alcalde socialista Miguel Ángel Gamarra argumentaba su petición en el hecho de que las transcripciones por escrito de las conversaciones intervenidas estaban incompletas, al tiempo que defendía que el acceso al contenido íntegro de las cintas ayudaría a avanzar en la investigación para conocer con exactitud los detalles de los diálogos que mantiene el principal imputado, el ex concejal de Urbanismo, con distintos empresarios, también bajo sospecha.
"Sólo con la disposición del material íntegro de las grabaciones se previene ese posible efecto discriminatorio y se permite a todas las partes personadas, dado que las diligencias no están declaradas bajo secreto, tomar un conocimiento pleno del contenido de tales grabaciones y cuestionar, en su caso, si otras conversaciones que se desechan por los funcionarios policiales pueden o no ser de interés a los fines de la instrucción", precisaba en su recurso el Ayuntamiento.
El ministerio fiscal se adhirió al recurso pues estimaba que, dada su condición de parte personada, el Ayuntamiento debe tener acceso a las actuaciones completas, lo que incluye los documentos y entre ellas las grabaciones.
La Audiencia finalmente entiende que el recurso debe ser estimado puesto que, de lo contrario, sería restringir su derecho de defensa pues "la acreditación de los hechos punibles objeto de la causa, sobre todo en su modalidad de cohecho y alteración del precio en concursos y subastas públicas, descansa sobre todo en las conversaciones telefónicas".
"Si no consta declaración de secreto de las actuaciones por haber sido alzado, las acusaciones deberán tener el mismo acceso a tales actuaciones que el resto de partes en el procedimiento", zanja la Audiencia.