El empresario estudia recurrir la sentencia contra Benavides

 23:57  

La acusación particular pretende que la condena se amplíe por los delitos de "infracción de los derechos constitucionales y ataque a la libertad de expresión" de la televisión local

B. G. C./E. P. El empresario de Medios Informativos Costa Tropical S. L, Vicente Fernández Guerrero, estudia recurrir la sentencia contra el alcalde de Almuñécar, Juan Carlos Benavides, para ampliar los delitos.

Así lo anunció ayer su abogado defensor, José Carlos López, quien explicó que al regidor sexitano "no se le condena por los delitos que le imputaba la acusación particular", esto es, "infracción de los derechos constitucionales y ataque a la libertad de expresión y prensa", motivo por el que, "una vez que estudie la sentencia (que se hizo pública ayer) con más detenimiento", se planteará el recurso, ya que el alcalde "cerró un medio de comunicación cortándole la luz y cambiando las cerraduras".

El letrado señaló que el hecho de que el fallo judicial no contemple la indemnización que el empresario solicitaba "es lo de menos", en respuesta a las declaraciones que realizó el domingo Benavides, en las que aseguraba que a Fernández se le habían visto truncadas "sus expectativas indemnizatorias".

José Carlos López consideró "lógico y normal" que el alcalde de Almuñécar –que ha sido condenado a 28 meses de cárcel e inhabilitación por un delito de coacciones–, recurra la sentencia, puesto que, según afirmó, "es un derecho al que se acogen el 99% de los condenados", y señaló que, aunque se reserven el derecho a recurrir, se sienten "satisfechos" por el fallo, "que reconoce el calvario que tuvo que padecer Vicente Fernández".

El fallo. En la sentencia, cuyo contenido íntegro se hizo público ayer, el juez sustituto del Juzgado de lo Penal de Motril considera que Benavides atacó a la libertad de expresión e información de la adjudicataria de la televisión municipal en 2004 al "ordenar" o "consentir" los cambios de cerradura y el corte del fluido eléctrico de sus instalaciones, si bien la pena final es por un delito de coacciones.

El magistrado señala en el documento que el alcalde, condenado por primera vez por la vía penal, estaba "al corriente de todo" y con su modo de actuar vulneró los derechos fundamentales de la empresa informativa "impidiéndole el normal desarrollo de producción y emisión de programas".

Así, ante el argumento esgrimido por Benavides en el acto del juicio oral acerca de que el acuerdo sobre el corte de suministro y el cambio de cerraduras se adoptó al detectar irregularidades en la concesionaria, el magistrado apunta que ésta no se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia y resalta la "rara coincidencia" en fechas de los cambios de cerradura en la caseta del Rancho Río Verde, donde se ubicaba la antena de la televisión, y en la Casa de la Cultura, cuya segunda planta ocupaba la adjudicataria.

El magistrado entiende que, si el Ayuntamiento consideraba que la empresa debía abonar los gastos correspondientes de luz, agua y limpieza, pudo autorizar la instalación de un contador en las dependencias de la televisión o bien instalarlo él mismo y girar el importe por consumo eléctrico.

Asimismo, el fallo considera que no ha quedado acreditado que dichos gastos se compensaran con rebajas en el importe de la publicidad o, como manifestó el representante de la empresa, dándole "cuartelillo" en la información, si bien, afirma el juez, se impidió el normal desarrollo de la actividad de la televisión.

En este sentido, se desvirtúa la presunción de inocencia de Benavides, que se valió de su condición de alcalde para coaccionar a la televisión municipal, según consta en el fallo, en el que se le absuelve, sin embargo, del delito de prevaricación del que estaba acusado y del delito contra los derechos constitucionales.

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