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HEMEROTECA » |
P.M. José Ávila Rojas tendrá que ingresar en la cárcel. El Tribunal Supremo acaba de ratificar la sentencia de la Audiencia Provincial que lo condenaba a 8 años de cárcel por cuatro delitos contra la Hacienda Pública. El fallo es firme y agota la vía judicial. El promotor granadino podría intentar eludir el ingreso en prisión si el Constitucional le acepta un recurso de amparo y, al mismo tiempo, solicita –y se le concede– la suspensión de la condena hasta la resolución del mismo.
En esta hipótesis habría que esperar a que el Tribunal Constitucional se pronunciara sobre el caso, resolución que puede tardar años. Los expertos jurídicos consultados por este periódico consideran poco probable que el Constitucional o la Audiencia Provincial acepten una suspensión cautelar.
Ávila Rojas no se ha pronunciado sobre la sentencia pero desde su entorno se da por seguro que sus abogados trabajan ya en la presentación del recurso de amparo y la correspondiente petición de suspensión. De lo contrario, y salvo un indulto del Gobierno, el promotor deberá ingresar en un centro penitenciario (pasará 6 años como máximo) y pagar 10 millones de euros de multa a Hacienda. El propio Tribunal Supremo puede decretar el ingreso en la cárcel si por ejemplo aprecia riesgo de fuga. Al no hacerlo, la Audiencia Provincial será la encargada de ordenar el traslado al centro penitenciario.
El Supremo ha desestimado el recurso del constructor contra la sentencia de la Audiencia de Granada que lo condenada a dos años de prisión por cada uno de los cuatro delitos contra la Hacienda Pública que cometió entre 2001 y 2002. José Ávila Rojas compró a medias con el empresario de Santa Fe Carlos Sánchez –ambos imputados en el ´caso Malaya´– dos fincas en Marbella de cuyas operaciones eludió el pago a Hacienda del IVA y el IRPF.
El primer negocio consistió en adquirir un terreno por 3 millones de euros para venderlo el mismo día a otra empresa por 11,4 millones. Ávila Rojas debía haber reflejado en su autoliquidación del IVA 918.346 euros y al no hacerlo defraudó –por la cuota del impuesto– unos 580.000 euros. Los beneficios de esa impresionante operación urbanística (la plusvalía lograda fue de 8,4 millones de euros entre firma y firma de escrituras) fueron de 4,2 millones de euros para Ávila Rojas, réditos que no reflejó en su declaración de la Renta.
El fraude a Hacienda por este hecho fue de casi dos millones de euros. La sentencia de la Audiencia recuerda que esa era la cantidad que el promotor debía haber ingresado al fisco en su declaración de ese año, en la que solicitó una devolución de 21.719 euros.
Un año más tarde, Ávila Rojas y la sociedad de Carlos Sánchez –CCF21– vendieron otra finca en Marbella que anteriormente habían comprado a una sociedad extranjera por 1,8 millones. La venta se produjo, inicialmente, en 7,6 millones y posteriormente se elevó la cantidad –ante notario– hasta los 10,2 millones de euros, declarando en la escritura de subsanación que el importe no estaba sujeto al IVA. Con esta operación defraudó a Hacienda 823.000 euros de IVA y 1,6 millones de IRPF.
Sentencia impecable. El promotor basó su recurso al Supremo en diversas infracciones por aplicación de varias leyes de forma indebida en la sentencia y en tres errores de valoración de la prueba. El Supremo rechazado todos los argumentos presentados, entre ellos el que la venta de las fincas no estaba sujeta al IVA sino al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, cuyo pago corresponde al comprador porque no efectuó esas operaciones como promotor sino a título particular.
El Alto Tribunal reafirma punto por punto lo sentenciado por la Audiencia y recoge las tesis fiscal del caso, Luis Salcedo, especializado en delitos fiscales. El Ministerio Público mantuvo en todo momento que Ávila Rojas actuó como empresario y no como particular. También apoya la capacidad de los funcionarios de Hacienda para aportar pruebas periciales.
El promotor alegó que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia al aceptarse estos informes pero el Supremo recuerda que el hecho de ser inspector de Hacienda no conlleva una pérdida de imparcialidad.
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