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Á. C. La Fiscalía de Granada aprecia una tendencia mayor de los jueces a decretar demoliciones de construcciones ilegales y una disposición mayor de los ayuntamientos a denunciar este tipo de delitos contra la ordenación del territorio y medio ambiente. Sin embargo, echan de menos una mayor sensibilidad de los tribunales provinciales cuando impugnan resoluciones desfavorables que consideran erróneas. "Esperamos que esa sensibilidad algún día se aproxime a la que actualmente exhiben las resoluciones del Supremo", opina en la Memoria de 2008.
En descargo de los jueces, el ministerio público sostiene que el principal escollo que a veces tienen para dictar condenas por este tipo de delitos guarda relación con el contenido de los informes periciales que suelen aportar los ayuntamientos y organismos competentes en la materia, en los que en ocasiones "se aprecia una cierta laxitud o condescendencia con la conducta contaminante, procediéndose a veces a verdaderas legalizaciones con cambios de criterios sorpresivos".
Esta circunstancia deja "con cierta sensación de soledad" tanto a los fiscales como a los cuerpos policiales que comparten la investigación en los delitos urbanísticos o medioambientales; "sensación que en modo alguno merma nuestro compromiso de objetividad y celo, inherente a nuestro cargo público".
Por lo demás, la Fiscalía recoge en la memoria de actividades de 2008 que las diligencias abiertas por delitos contra la ordenación del territorio y urbanismo son similares a las del año pasado. En su informe se constata también una tendencia "importante" por parte de las administraciones públicas a denunciar estos hechos, especialmente los ayuntamientos, algunos de los cuales han formado equipos de urbanismo para perseguirlos, como es el caso del de Loja.
Durante 2008 se consolidó la tendencia registrada el año anterior, en el que ya se apreció un incremento considerable de las sentencias condenatorias por delitos relacionados con el urbanismo, según la Fiscalía, que no obstante subraya una "diferencia cualitativa esencial" respecto a 2007: el hecho de que "por regla general", los fallos condenatorios incluyan normalmente la adopción de medidas de demolición de lo construido o edificado ilegalmente.
Otro elemento de interés suscitado en 2008 se refiere a la inadmisibilidad de la personación como acusaciones por los delitos medioambientales de los ayuntamientos, puesto que "muchas veces tras un cambio de partido en el gobierno de la corporación, pretenden intervenir en los procedimientos penales contra los anteriores responsables políticos del municipio".
Así, la Fiscalía de Medio Ambiente se muestra contraria a este tipo de personaciones, al entender que la jurisprudencia en este sentido no admite ninguna forma de acusación particular, ni tampoco la acción popular de los entes públicos.
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