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ÁLVARO CALLEJA. GRANADA "El objetivo de los dueños es echarme a la calle para luego venderla a precio de oro". Cristina F. F. tenía el convencimiento ya en febrero de 2005 de que la mercantil que adquirió el inmueble donde residía en la calle Babolé del Albaicín iba a sacar ´tajada´. Su familia ocupaba el bajo izquierdo desde hacía 30 años con un contrato de renta antigua y por el que pagaban tres euros mensuales.
Su denuncia apareció hace ahora cuatro años en los medios de comunicación como un supuesto caso de acoso inmobiliario en el Albaicín. La familia de Cristina se negaba a salir de su vivienda y el área de Urbanismo del Ayuntamiento de Granada paralizaba las obras de rehabilitación a la espera de que se comprobara si peligraba la seguridad de los inquilinos.
Se da la circunstancia de que la reforma se inició con la familia de Cristina en el interior del inmueble que, por aquel entonces, se encontraba en peligro de derrumbe. Las distintas dependencias de la vivienda tuvieron que ser apuntaladas aunque luego los inquilinos se avinieron a desalojar la casa siempre y cuando tuvieran un lugar donde alojarse.
Incumplimiento. El pasado 6 de mayo el juez de Primera Instancia número 15 de Granada dictaba sentencia obligando a la sociedad mercantil propietaria de la vivienda a indemnizar a la familia con 72.121 euros por "incumplimiento de lo pactado en un documento privado con fecha de 26 de abril de 2005".
En aquel documento, la empresa contemplaba la posibilidad de que la familia pudiera retornar a la vivienda a los 15 días siguientes de que estuviera reformada. Durante el tiempo que durasen las obras, la empresa se comprometía a realojarlos en otra vivienda de la placeta Manflor, como así ocurrió, pagando exclusivamente el alquiler que anteriormente abonaba. Sin embargo, la promesa no se cumplió. Una vez terminada la obra, la mercantil procedió a la venta del piso "imposibilitando unilateralmente el cumplimiento de lo pactado".
Pacto verbal. En caso de que el retorno fuera imposible, el letrado de la familia, Antonio José Vélez, había alcanzado un "pacto verbal" con la empresa para que se abonara una indemnización de 72.000 euros, una cifra bastante superior a los 12.000 euros que la empresa estaba dispuesta a ofrecer.
El problema fue que la empresa argumentó "problemas económicos" para evitar el pago del dinero que debía transferir en otoño de 2007, lo que dio pie a una demanda de reclamación de indemnización que se ha hecho pública hace unos días. No obstante, el fallo ha sido recurrido por la empresa ante la Audiencia Provincial, según informó el letrado de la familia.
La mercantil mantiene que la familia no quiso retornar a la vivienda y abonar el incremento por coste de obra y que siempre pretendió una indemnización en cuyo importe no se pusieron de acuerdo. Sin embargo ha quedado acreditado, según el juez, que la empresa no notificó incremento alguno por las obras realizadas pese a que le correspondía comunicarlo una vez terminada la reforma.
El representante legal de la empresa no compareció en el juicio tras haber sido citado hasta en tres ocasiones.
En la sentencia, el juez considera acreditado el "incumplimiento contractual" por parte de la mercantil "frustrando las legítimas y fundadas expectativas creadas en la actora [Cristina F.F.]".
El letrado de la familia ha solicitado la ejecución de la sentencia al objeto de que le sea abonada cuanto antes la indemnización.
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