Á.C.
El Juzgado de lo Penal 6 de Granada ha absuelto a un empresario jiennense que fue acusado por el también empresario Nicolás Osuna García de un delito continuado de amenazas y de una falta continuada de injurias. La querella presentada por este último tiene su origen en una operación de compra de solares en la ciudad de Jaén en la que intervino como gestor la agencia inmobiliaria Bulevar, dirigida por el acusado Francisco León del Moral, quien recibió de Osuna por su mediación algo más de 96.000 euros, según consta en un factura con fecha de octubre de 2001.
No conforme con el dinero recibido el acusado reclamó una deuda muy superior, en concreto 132.00 euros más, pero al comprobar que sus peticiones no eran atendidas, lejos de emprender la vía judicial, procedió a remitir a la inmobiliaria Osuna durante varios años un elevado número de cartas, muchas de ellas meras fotocopias de las anteriores, en las que exigía que se le abonara el dinero o que, al menos, le explicase al querellante por qué no le pagaba.
Sólo en una de ellas, dirigida personalmente al querellante, vertía el acusado algunas expresiones despectivas hacia Osuna: “No todo es el dinero, hay que ser honrado y tener dignidad, de las cuales, usted carece de las dos”. También contactó telefónicamente en diversas ocasiones con la inmobiliaria pero no ha quedado acreditado que en ninguna de esas conversaciones profiriera insultos ni palabras o frases de contenido amedrentador hacia Nicolás Osuna, según consta en el relato de hechos probados.
La acusación particular que responde a los intereses del empresario granadino solicitaba un año y cuatro meses de prisión y una multa de 180 euros; si bien el fiscal reclamaba en sus conclusiones definitivas la libre absolución. Aunque la anterior frase entrecomillada podría ser, en opinión del juez, constitutiva de un delito injurias, debe considerarse prescrita por haber transcurrido más de seis meses entre su comisión, julio de 2005, y la fecha de presentación de la querella, octubre de 2007.
En cuanto a las supuestas llamadas telefónicas injuriosas realizadas a finales de septiembre de 2007, el juez entiende que los testimonios de dos trabajadores de la inmobiliaria Osuna que pudieron escuchar las conversaciones, “no han revestido entidad suficiente como para poder enervar la presunción de inocencia del acusado”. Tampoco demuestran que el interlocutor de las llamadas sea el empresario jiennense puesto que ambos empleados reconocieron que “no le conocen personalmente de nada”.