Tribunales

El juez atribuye al ex alcalde de Lanjarón delitos urbanísticos

 09:40  

El instructor sostiene que la comisión de gobierno permitió a una vecina construir una casa en terreno protegido "a sabiendas de su ilegalidad"

ÁLVARO CALLEJA El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Órgiva considera que existen "motivos suficientes" para atribuir a varios miembros del anterior equipo de gobierno de Lanjarón, entre ellos al que fuera alcalde José Rubio (PP), su participación en un presunto delito de prevaricación de funcionario público, otro de usurpación de funciones públicas o intrusismo y contra la ordenación del territorio por permitir la construcción de una vivienda en un lugar de especial protección donde sólo había autorización para levantar una nave agrícola.

En el auto de procedimiento abreviado por el que se da traslado a las partes para la solicitud de juicio oral, se incluye también como imputados a Belén Rodríguez Iglesias, la persona que promueve la obra y a su vez esposa del arquitecto municipal que contrató el entonces alcalde, y al secretario municipal: este último por no presentar "objeción alguna ni poner reparo" cuando se concedió la licencia de primera ocupación sin el informe técnico y jurídico preceptivo.

El asunto se remonta a junio de 2006 cuando la mujer del arquitecto solicita una licencia de obras para construir una nave-almacén y una alberca de 50.000 litros para riego de unos terrenos clasificados como suelo no urbanizable de especial protección al ser Paisaje Agrario Singular. La solicitud se traslada a la junta de gobierno local que procede a aprobarlo al contar con informe favorable el proyecto de nave de aperos. Sin embargo, en su lugar se construyó una casa de hormigón que en nada se ajusta al proyecto, violando las normas subsidiarias que prohíben la construcción de viviendas a menos de dos kilómetros del casco urbano.

Una vez finalizadas las obras, el 29 de mayo de 2007 la propietaria solicita la licencia de primera ocupación que la comisión de gobierno presidida por José Rubio y los ediles Francisco Gutiérrez Castro y Juan José Romero Chaves, en presencia del secretario municipal, Antonio Gijón Aguado, votó favorablemente dos días después pese a la "inexistencia de informe técnico y jurídico preceptivo" y "a sabiendas de que tal decisión carecía de amparo legal alguno".

Intrusismo de Rubio. Según se refleja en el citado auto, al que ha tenido acceso este diario, el entonces alcalde era "plenamente consciente de la inexistencia del informe técnico" pues obvió pedírselo al otro arquitecto municipal que no es el marido de la promotora de la vivienda y que ya en febrero de 2008 inspeccionó la obra determinando que en modo alguno se ajustaba al proyecto.

Conscientes de la inexistencia de dicho informe, el secretario se dirigió verbalmente a los integrantes de la comisión para decirles que "esto es lo que hay, ustedes deciden". El entonces alcalde aseguró que "él personalmente había subido a ver la finca y todo estaba correcto", lo que es interpretado por el juez instructor como una presunta usurpación de funciones puesto que "se arroga un rol que en modo alguno le correspondía y por el que carece de la más mínima cualificación profesional". "Además falta manifiestamente a la verdad ya que las obras realizadas no se ajustaban al proyecto ni siquiera en su apariencia externa", precisa dicho escrito. La inexistencia de actividad agrícola fue igualmente comprobada por los agentes del Seprona de la Guardia Civil.

Según el instructor, había una voluntad del entonces equipo de gobierno de favorecer a la promotora de la edificación y a su esposo dada la "muy buena relación personal" con el alcalde, quien incluso reconoció que la contratación de este último como arquitecto municipal obedecía a la intención de contar con una segunda opinión cuando los criterios del perito no fueran compartidos por la comisión de gobierno. "Todo ello con la premura y urgencia motivada por un inminente cambio de equipo de gobierno ya que días antes el partido de la oposición, el PSOE, había ganado las elecciones municipales por mayoría absoluta".

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