EFE
El fallo de la Sala Segunda de lo Penal del Supremo reduce la pena impuesta por el delito de detención ilegal de seis a cinco años de cárcel, tal y como solicitaron la Fiscalía y la defensa, al tener en cuenta la “demostrada agresividad” del acusado, así como la gravedad del hecho.
Respecto al resto de delitos, el Supremo ratifica la condena dictada por la Audiencia Provincial de Granada de nueve años de prisión por agresión sexual y de 17 años y medio por el de asesinato, si bien recuerda que el tiempo de cumplimiento efectivo quedará limitado a 25 años. También mantiene las indemnizaciones fijadas en el fallo inicial de 240.000 euros para los padres de la joven y de 12.000 euros para su novio, quien ejerció la acusación particular en el caso.