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Declaración por el Caso Gürtel

El Supremo cita a Bárcenas y Merino como imputados

El juez Francisco Monterde ha citado para el 22 de julio al senador y tesorero nacional del PP, Luis Barcenas, y para el 23 de julio al diputado de este partido Jesús Merino en calidad de imputados

 13:35  
Imágenes del senador y tesorero nacional del PP, Luis Bárcenas (d), y el diputado popular Jesús Merino, a quienes el magistrado instructor del "caso Gürtel" en el Tribunal Supremo, Francisco Monterde, ha citado para los próximos 22 y 23 de julio, respectivamente, para que declaren en calidad de imputados. EFE/ARCHIVO
Imágenes del senador y tesorero nacional del PP, Luis Bárcenas (d), y el diputado popular Jesús Merino, a quienes el magistrado instructor del "caso Gürtel" en el Tribunal Supremo, Francisco Monterde, ha citado para los próximos 22 y 23 de julio, respectivamente, para que declaren en calidad de imputados. EFE/ARCHIVO 

EFE El TS admite así la petición de ambos aforados de declarar voluntariamente, sin necesidad de que el Alto Tribunal por el momento solicite el suplicatorio al Parlamento, han informado fuentes del Supremo.

En su resolución, Monterde -que ha decretado el secreto de las actuaciones- cita a Bárcenas a las 11:00 horas del día 22 y a Merino al día siguiente a la misma hora para que declaren como imputados "provisionales" por los delitos de cohecho y contra la Hacienda Pública.

El Alto Tribunal acordó el pasado mes de junio asumir la investigación del "caso Gürtel" sólo en lo que se refiere a los posibles delitos cometidos por estos dos aforados y devolver el resto de la causa al magistrado del Tribunal Superior de Justicia (TSJM) Antonio Pedreira.

El pasado lunes Monterde en un comunicado anunció que adoptaría una decisión sobre la petición de Bárcenas y Merino de declarar voluntariamente cuando recibiera la documentación reclamada al TSJM, testimonios de actuaciones que, según las mismas fuentes, ya tiene en su poder.

Además, procedió a incoar diligencias previas (fase de investigación del procedimiento abreviado) tras la solicitud formulada hace una semana por el Ministerio Fiscal y por los propios aforados para ser llamados a declarar en concepto de imputados provisionales, ejercitando su derecho de defensa al amparo del artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECr).

"Todo ello -aseguraba el magistrado- sin perjuicio de lo previsto en el artículo 71.2 y 3 de la Constitución, sobre solicitud de suplicatorio a las Cámaras, necesaria para los casos de imputación definitiva mediante inculpación o procesamiento".

Según las investigaciones desarrolladas por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón antes de inhibirse a favor de los Tribunales Superiores de Madrid y de Valencia, Bárcenas habría recibido de la trama liderada por Correa un total de 1.353.000 euros y Merino unos 230.000 euros.

El TS en el auto en el que acordó asumir dicha investigación indicaba que existen indicios "suficientes" para investigar a Bárcenas y a Merino y rechazó ser competente para hacerlo con el que fuera eurodiputado Gerardo Galeote, ya que el pasado martes dejó de ser aforado al constituirse el nuevo Parlamento europeo.

Respecto a Bárcenas, el Supremo señalaba que las anotaciones existentes en los documentos intervenidos en un registro domiciliario y las que resultan de la contabilidad intervenida "son indiciariamente expresivas de la recepción de cantidades económicas y también del abono de un viaje turístico".

En cuanto a Merino, el TS indicaba que la exposición razonada que el remitió el TSJM refiere la percepción de cantidades económicas, basándose en la documentación intervenida en un registro domiciliario y en un "soporte informático con la contabilidad oculta del grupo de empresas que se identificó como grupo Correa, en referencia al presunto líder de la trama, Francisco Correa.

"Como quiera que esas cantidades entregadas presuntamente al aforado no se corresponden con actividades profesionales o de otro tipo que puedan justificar su recepción y dada su condición de diputado, los indicios sobre la comisión de un delito de cohecho resultan, en principio, suficientes" para investigarle, añadía.

Monterde ha declarado el secreto de las actuaciones, como le había reclamado el fiscal, por treinta días para todas las partes personadas, a excepción del Ministerio Fiscal.

En el auto en el que decreta el secreto explica que éste en nada afecta al derecho constitucional a un proceso público, sino más bien puede entrañar vulneración del derecho de defensa, pero éste "no se produce", pues "éste encuentra su límite en el interés de la Justicia".

Por su parte, la Fiscalía había pedido al TS en dos ocasiones que solicitara los suplicatorios para poder citar como imputados a los dos aforados, aunque no se oponía a la petición de éstos de prestar declaración voluntaria ante el magistrado instructor.

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