EFE
Estas son dos de las principales modificaciones de la Ley Concursal, que regula los procedimientos de insolvencia de empresas y personas, y que han sido incluidas en el Real Decreto Ley de medidas de impulso económico aprobado hoy por el Consejo de Ministros.
Además de abaratar y acortar la tramitación de los concursos de acreedores (antiguas suspensiones de pagos), el Gobierno ha decidido estimular la refinanciación de empresas viables impidiendo que las operaciones realizadas en los dos años anteriores a la declaración de insolvencia puedan ser anuladas por un juzgado mercantil al considerarlas perjudiciales para el resto de acreedores.
Según el director general técnico del Ministerio de Justicia, Santiago Hurtado, tendrán ese "escudo protector" todas aquellas refinanciaciones de deuda que sean apoyadas por el 60% de los acreedores de una empresa, siempre que vayan acompañadas de un plan de viabilidad, de un informe favorable de un experto independiente y se deje constancia en escritura pública.
Tanto la patronal bancaria (AEB) como la patronal de las cajas (la CECA) pidieron a finales de 2008 al Gobierno que diera más seguridad a las refinanciaciones de deuda, para evitar casos como el de Martinsa-Fadesa, donde los administradores concursales han solicitado que se anulen las garantías que tomaron los bancos para asegurarse el pago de los créditos concedidos a la inmobiliaria.
La reforma de la Ley Concursal no será retroactiva, pero permitirá que todas aquellas refinanciaciones ya acordadas puedan regularizarse, siempre que la empresa no se encuentre ya en concurso de acreedores (como es el caso de Martinsa-Fadesa).
Entre otras medidas de calado, la reforma permitirá que la empresa que ha presentado un concurso de acreedores continúe tramitando los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) ante la autoridad laboral pertinente mientras el juez no declare el concurso.
Así, se busca agilizar los despidos colectivos y evitar que los trabajadores de una empresa concursada que no tiene liquidez alguna se queden sin cobrar ni sus salarios ni la prestación por desempleo durante meses, como ocurre en la actualidad, debido a la complejidad de los trámites establecidos en la Ley Concursal, que exigen el visto bueno del juez mercantil a un ERE, además del correspondiente informe administrativo.
"La reforma de la Ley Concursal tendrá un impacto inmediato y muy importante", señaló el director general técnico del Ministerio de Justicia, que no obstante señaló que "las reformas no son todas las que debieran ser", sino medidas "parciales que quieren corregir los problemas generados por la situación económica actual".
Entre otras medidas, la reforma de la Ley Concursal impulsará los convenios anticipados y las liquidaciones anticipadas de empresas, con el objetivo de que las compañías puedan salir lo más pronto posible de la situación concursal cuando tienen apoyo de los acreedores, o bien se liquiden de forma inmediata cuando no exista otra salida.