almuñécar

Rechazan la petición de la Junta para anular la licencia del Hotel Bahía

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Fachada del hotel Bahía de Almuñécar.
Fachada del hotel Bahía de Almuñécar.  b. g. c.

El juzgado ha fallado a favor del Ayuntamiento porque la Administración Autonómica presentó el recurso "fuera de plazo"

B. G. C. GRANADA El Juzgado de lo contencioso administrativo número 2 de Granada ha declarado "inadmisible" el recurso que presentó el Gobierno andaluz para solicitar la anulación de un acuerdo plenario del Ayuntamiento sexitano de enero de 2007 mediante el cual se concedía una licencia de primera ocupación al Hotel Bahía Almuñécar.

La petición de la Junta, en base a que supuestamente se había concedido sobre una licencia de obras ilegal, hizo que el año pasado se acordara por parte de este mismo juzgado la suspensión cautelar de del permiso de actividad.

La sentencia reconoce "no entrar a resolver en el fondo" la concesión de la licencia, ya que la Administración Autonómica presentó el recurso fuera de plazo. Así, existe constancia de que la Junta conocía el acuerdo plenario desde enero de 1999, puesto que el Ayuntamiento sexitano le remitió una notificación en la que informaba sobre una modificación puntual del Plan General de Urbanismo (PGOU) para cambiar "el uso del suelo de equipamientos a hotelero, sin que la haya recurrido después de ocho años", sostiene la sentencia.

El Gobierno andaluz impugnó el acuerdo plenario de enero de 2007 y la Comisión Provincial de Urbanismo abrió, además, expediente por exceder la ocupación y edificabilidad que permite el PGOU en la parcela.

La jueza considera la inadmisibilidad de la causa al entender que el acto administrativo de la primera ocupación no es susceptible de impugnación por ser reproducción del de licencia de obras, que fue consentido por la Junta al no recurrirse en su momento. La sentencia tiene un plazo de quince días para ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Valoraciones. El alcalde, Juan Carlos Benavides (CA), sostuvo que el auto "forma parte de ese cansino entramado de procedimientos instados por la Junta" contra los acuerdos del Ayuntamiento, que son presentados, además, "de forma extemporánea, saltándose el procedimiento que refleja y regula la tutela de los actos municipales" por parte de la administración andaluza.

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